La decisión de la ANMAT
La ANMAT informó que las «actuaciones se iniciaron a partir de un monitoreo en góndola realizado por el Área de Bromatología la Localidad de Villa Dolores, provincia de Córdoba, en el cual se detectó la comercialización del producto Aceite de Oliva Extra Virgen marca Don Mateo, Contenido Neto 1000 cc, fecha de vencimiento Diciembre 2024, Elaborado y Envasado, RNPA 13028651, RNE 12045697, Sierras de Córdoba, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Luego de la investigación la ANMAT dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, del producto: Aceite de Oliva Extra Virgen marca Don Mateo, Contenido Neto 1000 cc, Elaborado y Envasado, RNPA 13028651, RNE 12045697, Sierras de Córdoba, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal».