La Fiscalía apeló en Casación la absolución de Horacio Rey y Roberto Lugo por la causa de «Lavado I»

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El Ministerio Público Fiscal anunció que pedirá a Casación la condena de Horacio Rey y Roberto Lugo por la causa de «Lavado I«, en el cual fueron acusados de liderar la organización ilícita destinada al desvío de fondos públicos.

Los fiscales Federico Carniel, Carlos Gonella y la fiscal general Indiana Garzón, presentaron un recurso contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, al cual Diario TAG tuvo acceso.

En dicho dictamen, se absolvió a 12 personas que se encontraban acusadas por hechos de corrupción en la causa de «Lavado I». Entre ellos, se encuentra Horacio Rey, el exsecretario general de la gobernación durante el mandato de Domingo Peppo, quien estaba señalado como responsable del desvío de pauta publicitaria, y Roberto Lugo, y el exsecretario de Comercio de Resistencia.

Por esta razón, el MPF pidió 13 años de pena para Rey, Lugo y Katavich por liderar dicha asociación ilícita en su rol de funcionarios públicos.

Por su parte, el Tribunal Oral Federal de Resistencia absolvió a Rey, Lugo y otros diez señalados en el hecho, ya que consideró solamente como responsables del delito de lavado de activos a Gustavo Katavich, Claudia Varela y Carlos Amarilla. El excoordinador de Fideicomiso de Administración de Pauta Publicitaria Oficial le dieron una pena de cuatro años; a Varela y Amarilla fueron tres de prisión en suspenso.

En dicha causa, también estaban implicados: Mónica Viviana Yaczuk (esposa de Lugo), Claudia Soledad Varela, Ricardo Ariel Retamozo, Gustavo Alejandro Katavich, Ismael Ángel Fernández, Cristina Mariel Dellamea, Ramón Alejandro Chávez, Carlos Rubén David Osuna, Miguel Ángel Vilte, María Laura Aguirre, Iván Alejandro Bilcich, Patricia Noemí Vázquez y Carlos Manuel Amarilla.

EL MPF APELÓ LA SENTENCIA

Frente a esto, Carniel, Gonella y Garzón presentaron un recurso donde aseguraron que hubo arbitrariedad en la interpretación del estándar probatorio que se debe aplicar para el análisis del delito de estos tipos de casos.

Además, los fiscales y la fiscal general sostuvieron que existió también arbitrariedad «por desconocimiento y por aplicación errónea del tipo penal» y que el Tribunal hizo un «análisis parcializado y sesgado de la prueba ofrecida en el debate».

Durante el debate, el MPF explicó que «se indicó que se trataba de un típico caso de crimen organizado, con una estructura piramidal -con distintos roles y funciones- destinada principalmente a la recepción, conversión, transferencia, administración y/o puesta en circulación de activos provenientes de delitos de corrupción».

En este aspecto, los fiscales ampliaron que las maniobras delictivas se realizaban «desde distintas dependencias y reparticiones estatales provinciales, mediante múltiples contrataciones irregulares y direccionadas». 

Por último, los fiscales Garniel, Corniella y la fiscal general Garzón, afirmaron que su acusación no se fundó en el «origen ilícito del lavado en una actividad regular y lícitas de contrataciones con el Estado provincial, sino que se circunstanciaron delitos -como negociaciones incompatibles con la función pública, asociación ilícita y fraude en perjuicio de la administración pública- generadores de las ganancias espurias que fueron objeto del lavado de activos»

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