La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió dos reconocidas marcas de galletitas y un aceite de oliva por diferentes irregularidades en su producción. Las decisiones fueron publicadas este viernes en dos Disposiciones del Boletín Oficial.
En primer lugar, el organismo ordenó retirar del mercado las “Galletitas dulces con sabor a vainilla, Mini tapitas, marca Fachitas, RNPA Nº 02-511,680, elaborado por Saborísimo S.A., RNE Nº 02- 031.038” que no consigne en su rótulo la declaración de alérgenos “puede contener leche, huevo maní y soja”.
Entre los considerandos, la ANMAT señaló que recibió una denuncia de que este alimento “había causado una reacción alérgica en la boca a un niño de dos años luego de su ingesta”, siendo que el menor no podía consumir ninguno de los tres ingredientes antes mencionados.
Ante esta situación, la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (D.I.P.A.) del Ministerio de Desarrollo Agrario de provincia de Buenos Aires, realizó una auditoría en el establecimiento elaborador y comprobó que las condiciones generales del mismo eran buenas, pero observó también que la firma posee dos líneas de producción, las cuales no cuentan aislamiento entre sí, y en una de ellas se maneja leche, huevo, maní y soja.
En esta misma inspección surgió que existía otro producto similar, elaborado en el mismo lugar, pero por la firma Día Argentina Sociedad Anónima, y que tampoco tenía en el paquete el rótulo sobre la posibilidad de contener estos alérgenos.
Por esta razón, en la misma Disposición, la ANMAT también prohibió “la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Galletitas dulces con sabor a vainilla, Mini tapitas para alfajores, marca Día, RNPA Nº 02-533434, RPE Nº 02-031.038’”, que no tengan la mencionada advertencia.
Por otra parte, el organismo también ordenó retirar del mercado, incluso de las plataformas digitales, el “Aceite de oliva virgen extra”, marca: La Tosca, elaborado por RNE N° 03-000323, RNPA N° 03-0003265 “por estar falsamente rotulado al consignar registros sanitarios inexistentes, resultando ser un producto ilegal”.
El caso surgió a partir de una denuncia recibida por el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que luego verificó que este alimento se promocionaba y vendía a través de la página web y la aplicación de Mercado Libre.
Mediante el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), el Departamento de Bromatología de la provincia de Catamarca informó que los registros de establecimiento y de este aceite eran inexistentes.
En este sentido, el INAL señaló “que por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no pueden ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”.