La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de tres productos alimenticios: berenjenas en escabeches caseras, unas tostadas de arroz clásicas y una marca de agua de mesa envasada.
Según se detalló en la disposición 7435/2019, la medida aplica al producto: «Berenjenas en escabeche caseras», marca La Flor de Loto, empresa radicada en General Alvear, Mendoza.
Entre los fundamentos esbozados por el organismo para justificar esta decisión se encuentra una denuncia de un consumidor que sostenía que una unidad del producto estaba en mal estado a pesar de que su fecha de vencimiento era en junio del 2020.
Por tal motivo se consultó a la Dirección de Higiene de los Alimentos de Mendoza, que indicó que «el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) era inexistente y el número de Registro Nacional de Elaborador (RNE) había sido dado de baja».
La ANMAT señaló que el producto se encuentra en infracción por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal.
Por otra parte, mediante la disposición 7437, se informó que se prohíbe la comercialización de «Extrudado a base de harina de arroz libre de gluten con y sin sal, cuyo nombre comercial es Tostadas de arroz con/sin sal» (en ambos casos con el logo oficial de alimento libre de gluten), elaborados por la marca Brurin S.A., radicada en Villa Ballester, Buenos Aires.
Según explicó la ANMAT, estos productos «no cumplen la normativa alimentaria vigente, por lo que por Orden ASSAL N° 14/2019 se establece la alerta alimentaria y prohíbe la tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización, exposición y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final de los productos citados».
A su vez, se indicó que la denuncia original fue iniciada por el titular del Registro Nacional de Elaborador (RNE) rotulado en estos productos, que detectó en el mercado la existencia de estos extrudados y negó ser quien los elabora.
Por último, en la disposición 7448 se prohibió la comercialización del producto «Agua de mesa, envasada retornable de 10 litros, marca Hermida Vida», elaborado por Sucesión de Hermida Manuel Perfecto, ubicada en La Plata.
La ANMAT explicó que la Dirección de Auditoria Agroalimentaria del Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires tomó muestras por triplicado del alimento investigado.
Allí, el Instituto Biológico «Dr. Tomas Perón» dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires confirmó, a través de un análisis de laboratorio, la presencia de Pseudomona Aeruginosa en el producto investigado, por lo que resulta no apta para consumo.
La Pseudomona Aeruginosa es una especie de bacterias Gram-negativas, aeróbicas, patógeno oportunista que actúa en humanos y en plantas. Estas bacterias pueden llegar a infectar la sangre, la piel, los huesos, los oídos, los ojos, el sistema urinario, las válvulas cardíacas y los pulmones; como así también heridas, quemaduras o lesiones; generando infecciones que pueden llegar a ser desde leves y externas, hasta internas o generalizadas en el organismo, por ejemplo en los pulmones.
A partir de este hallazgo, la Unidad de Coordinación de Alimentos (UCAL) le informó estos resultados de laboratorio a la empresa y le dio un plazo de 48 horas para retirar preventivamente el agua envasada en cuestión.
Fuente radio sudamericana