Anses da turnos para tramitar ayuda a hijos de víctimas de femicidio

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– Los hijos de víctimas de femicidio u homicidio en contexto de violencia intrafamiliar o de violencia de género de esta parte del interior ya pueden comenzar el trámite para acceder a una reparación histórica, a partir de la habilitación para la solicitud de turnos para llevar adelante la solicitud ante Anses.

Ese es el primer paso y luego el día asignado podrán presentar toda la documentación para acceder al beneficio.

Así lo confirmó a NORTE la titular de la UDAI Sáenz Peña Silvina Canteros Reiser, quien explicó: “esta norma establece el derecho a acceder a una reparación a menores de 21 años o personas discapacitadas que sean hijos de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar o de género”.

La funcionaria aclaró que “el trámite no requiere la participación de abogados ni gestores y es totalmente gratuito, se inicia solicitando un turno en Anses a través del sitio del organismo o por teléfono al número 130”.

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En ese sentido agregó sobre la operatoria que “pueden solicitarla por sí mismos las personas titulares a partir de los 18 años. Las personas menores de 18 años deberán solicitarlo a través de sus representantes legales ya sean tutores, guardadores o adoptante”.

Al hablar del beneficio indicó: “se trata de la posibilidad de acceder a una asignación económica equivalente a un haber jubilatorio mínimo y una cobertura integral de salud. La Reparación Económica se otorga a partir del momento del hecho del delito”.

Igualmente aclaró que “si el hecho es anterior a la fecha 26 de julio de 2018 de promulgación de la Ley 27.452 (denominada Ley Brisa) se percibirá a partir de dicha fecha” y en caso de que haya sido posterior a la fecha de sanción “se percibirá a partir de la fecha en que haya ocurrido”.

Además, Canteros puntualizó que “el hecho a partir del cual la persona tramita el acceso a la reparación debe haber ocurrido en territorio de nuestro país”.

LOS REQUISITOS

A la hora de referirse a quienes va dirigida la posibilidad de acceder al beneficio de la Ley Brisa, la titular de la UDAI Sáenz Peña del organismo previsional detalló “a niños, adolescentes y jóvenes hasta los 21 años o personas con discapacidad sin límite de edad”.

Sobre los requisitos que deberán cumplimentar los beneficiarios que quieran acceder a la reparación sostuvo: “en el caso de los que sean mayores de 18 años será necesario presentar el documento nacional e identidad del titular -original y copia-, ser residentes argentinos acreditando al menos dos años de residencia continua y constancia de domicilio actualizada expedida por la Policía Federal u organismo público jurisdiccional competente” y en el caso de los discapacitados además “deberán presentar el certificado único de discapacidad vigente emitido por la autoridad competente”.

Además deberán presentar “partida de nacimiento o documentación que acredite el vínculo con la madre” y en caso que quien falleció sea el progenitor/a “puede solicitarse con posterioridad de iniciado el trámite un certificado originado o emitido por el juzgado interviniente u organismo local de niñez que acredite domicilio real de los/as hijos/as de la víctima al momento del hecho”, puntualizó Canteros.

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Por otra parte también serán requeridos “certificados de partida de defunción de la madre o padre, copia del auto de procesamiento auto de elevación a juicio oral o sentencia de condena firme, según corresponda donde figuren todos los datos de la causa” dijo.

EL CASO DE LOS MENORES DE 18

Sobre el caso de los menores de 18 años, la jefa de Anses dijo que “si el beneficiario titular está en esa condición deberá presentar además el documento del representante legal o tutor” y en el caso de residentes extranjeros “documentación que acredite la residencia mínima de dos años, original y copia del Testimonio o de la Sentencia o del Certificado de Guarda/Tutela/Adopción/Curatela expedido por autoridad judicial” indicó la funcionaria.

DOCUMENTACIONES

Al ser consultada sobre cómo realizar el trámite, Canteros subrayó que “el primer paso es reunir toda la documentación y sacar el turno desde la web de Anses o llamando al 130”.

Asimismo del sitio web se pueden descargar los formularios necesarios para el trámite y son “el de listado de documentación -será completado por el agente del organismo el día del turno-, la solicitud de Ley 27452 debiendo completarse los cuatro rubros y ser firmada frente al agente de Anses para que certifique la firma del solicitante de la reparación”, dijo.

Desde allí también se puede acceder al “acta de compromiso sobre la utilización de fondos con carácter de Declaración Jurada Ley 27.452. Deben completarse todos los espacios y ser firmado frente al agente de Anses para que certifique la firma”, apuntó.

Otro dato importante es “presentar los tres formularios por cada hijo o hijastro ya que la reparación económica es individual”. “Con todos estos requisitos cumplimentados, los solicitantes deberán concurrir a la UDAI y presentarla, iniciando de esta manera el formal trámite de la reparación”.

ES GRATUITO

Canteros apuntó que “el trámite es totalmente gratuito” y no hace falta “recurrir a gestores, o cualquier tipo de profesional para realizarlo, el mismo solicitante lo puede hacer de manera personal siguiendo los pasos que comenté”.

Dejó en claro que “el trámite se inicia en Anses, mientras que el análisis y aprobación de la reparación económica queda a cargo del Instituto Nacional de Mujeres (INAM) y de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf)”.

Por otro lado confirmó que “la reparación es compatible con la Asignación Universal por Hijo, con el régimen de Asignaciones Familiares y con otras prestaciones sociales de las cuales sean destinatarios”.

Finalmente indicó que “el mismo solicitante puede seguir el curso del trámite de su expediente llamando al número gratuito 144 a partir de los 45 días hábiles de haber iniciado el trámite”.

FUENTE DIARIO NORTE