El tribunal porteño que llevó la causa sostuvo que no puede comprender “la criminalidad de sus acciones”. Las denunciantes alertaron: “¿Quién será responsable si este violento empieza a agredir físicamente?”
Tras varios meses de miedo e incertidumbre, la Justicia penal cerró una causa por considerar al denunciado“inimputable”. El hombre, de 38 años, fue acusado por varias mujeres por haberles enviado imágenes sexuales sin consentimiento, hostigarlas y amenazarlas a través de redes sociales.
El tribunal porteño que llevó la causa sostuvo que no puede comprender “la criminalidad de sus acciones”. Ahora, las denunciantes se sienten desprotegidas. Aseguran que al agresor solo se le indicará un tratamiento de salud mental, que no es obligatorio.
“Una vez más, la Justicia no da respuestas a las mujeres que sufren acoso digital y decreta impunidad”, expresaron.
“La Justicia no lo considera peligroso”
Hace pocos días, la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires emitió un fallo que confirma la inimputabilidad de un hombre que estaba acusado por “hostigamiento digital”, es decir, por enviar imágenes sexuales sin consentimiento a través de redes sociales (práctica que se denomina “cyberflashing”), agredirlas y amenazarlas.
Las agresiones, hacia distintas mujeres de la ciudad de La Plata, comenzaron en 2020. La fiscalía penal N°1 y el juzgado 16 penal y contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, especializada en violencia de género, llevó adelante la causa, en principio caratulada como “exhibiciones obscenas y amenazas simples”, carátula que luego fue modificada.
Varias víctimas brindaron su testimonio y el Tribunal de primera instancia, luego de que se realizara un informe pericial psicológico y psiquiátrico del acusado, consideró, en marzo, que presentaba un trastorno “delirante paranoide”, dentro de un retraso madurativo leve. Por ese motivo, indicaron que “no puede comprender la criminalidad de sus acciones”.
En ese momento, desde las querellas apelaron y solicitaron una junta médica. “Consideramos que está en perfecto estado y es peligroso”, apuntó entonces la abogada especialista en violencia digital y también una de las víctimas, Florencia Zerda.
Casi dos meses después, la Cámara de Apelaciones emitió un fallo, en el que rechazan la solicitud y confirman lo resuelto en primera instancia.
En la resolución, se incluyen las conclusiones de los peritos psicológicos y psiquiátricos que evaluaron al denunciado. Allí indican que el hombre presenta un “trastorno delirante paranoide, dentro de un retraso madurativo leve”. Solicitan además la intervención de un Equipo Interdisciplinario de Salud Mental en el que se contemple “tratamiento psiquiátrico (psicofarmacológico) y psicoterapéutico”.
Además, entre otros puntos, consideraron que no posee “capacidad psíquica” para afrontar un proceso penal en su contra.
“La Justicia penal da la orden de que intervenga la Justicia civil para que evalúen las medidas que consideren necesarias”, explicó Zerda, que forma parte de la red de Abogadas Feministas (Abofem), a este medio. “Sabemos que, como no lo consideran peligroso, no pasará nada porque no pueden obligarlo a hacer tratamiento”, se explayó.
“Todas las semanas sigo recibiendo mensajes o menciones de mujeres acosadas y amenazadas por este señor”, remarcó la abogada. “Ojalá me equivoque y nunca pase al plano analógico, pero si pasa, tendremos que lamentar una vez más una prevención nula por parte del Estado y muchas alarmas no escuchadas”, sostuvo.
Tras conocer la resolución, las víctimas, en conjunto con las agrupaciones Organización Género y TIC (GENTIC), Ley Olimpia Argentina, el Frente Nacional para la Sororidad, la Ria Corriente Crítico Feminista y Muchachas Peronistas de Jujuy, emitieron un comunicado para expresar su disconformidad.
“Una vez más, la Justicia no da respuestas a las mujeres que sufren violencia digital y decreta la impunidad”, sostiene el texto.
En el comunicado, expusieron los hechos nuevamente y apuntaron a la Justicia ante cualquier futura agresión. “¿Quién será responsable si este violento empieza a agredir físicamente? ¿Quién se hace responsable por los daños que ya está causando?, cerraron.
Cyberflashing y hostigamiento digital desde hace más de dos años
El hombre, que se define a través de su perfil de Facebook como “católico, pro-vida, anti marxista y anti cuarentena”, publica constantemente agresiones en contra del colectivo feminista y también realiza escraches en nombre de la agrupación de derecha “Fuerza Unidaria Argentina”.
Tanto Zerda, como otras mujeres a las que envió mensajes de tenor similar, hicieron públicas en su momento las capturas de los chats que evidenciaban las agresiones. Comenzaron en 2020.
“Este señor hace meses me viene amenazando y enviando fotos y videos de sus genitales a mí y a muchas otras mujeres, principalmente feministas. Tiene causas en trámite ya avanzadas. Si estás siendo acosada por él, contactate conmigo”, escribió en noviembre de 2021 en sus redes.
Muchas víctimas le escribieron en ese momento y otras lo hicieron este año debido a que continuaba con el mismo accionar. “Me escribieron varias chicas, incluso de España, de Brasil, y también de La Plata. Se contactaron alumnas de la facultad, que no fueron acosadas, pero tienen miedo”, puntualizó Zerda.
Es que, el acusado fue aceptado este año en la Universidad Nacional de La Plata y comenzó a cursar sus estudios en Sociología.
Exhibicionismo, cyberflashing y legislación en la Argentina
El “cyberflashing” consiste en el envío de imágenes sexuales por redes sociales o apps de mensajería. Según las Naciones Unidas, las mujeres a nivel mundial tienen 27 veces más probabilidades de ser atacadas en Internet. En la legislación argentina no está contemplado como tal.
“El delito de exhibiciones obscenas se encuentra penado en el artículo 129 del Código Penal, pero lamentablemente tiene una pena de multa de $1.000 a 15.000. Si los afectados o las afectadas son menores de edad, ahí sí, la pena es de prisión de 6 meses a 4 años. La verdad que generalmente nunca pasa nada y estas personas siguen siempre impunes”, detalló Zerda a este medio.
Si las víctimas son menores, además del artículo 129, pueden configurarse otros delitos, dependiendo el caso en particular, puede llegar a existir el delito de grooming.
Qué dijeron las autoridades de la Universidad de La Plata
Desde la Secretaría Académica de la facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad de La Plata, a la que ingresó el hombre este año, no confirmaron que continúe asistiendo, ni aportaron información sobre la situación particular.
Sin embargo, aclararon que “como en todas las situaciones de violencia por razones de género”, pusieron en marcha los procedimientos habilitados por la normativa vigente.
“Si bien las actuaciones se ciñen a la confidencialidad, dada la visibilidad mediática del caso referido, hemos tomado medidas para garantizar ambientes seguros para el desarrollo académico”, expresaron. En ese sentido, indicaron que se tomaron recaudos para que esta persona “no entre en ningún tipo de contacto” con quienes podrían verse afectados.