Gran Resistencia, Sáenz Peña, Villa Angela y Charata entre las que aplican reducción de circulación por 14 días

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El Gobierno nacional oficializó la extensión de las medidas de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) hasta el 25 de octubre, en el marco de la emergencia sanitaria establecida ante la pandemia de coronavirus.

De esta manera, el ASPO se aplicará con la misma modalidad que hasta ahora en los siguientes lugares:

– Área Metropolitana de Buenos Aires: la Ciudad de Buenos Aires y los siguientes treinta y cinco (35) partidos de la Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

– Provincia de Buenos Aires: los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil.

– Chaco: los departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco.

– Chubut: los departamentos de Biedma y Escalante.

– Córdoba: los departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín.

– Jujuy: los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro.

– La Rioja: los departamentos de Capital y Chilecito.

– Mendoza: los departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato.

– Neuquén: los aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.

– Río Negro: Los aglomerados de las Ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca.

– Salta: los departamentos de Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital.

– San Juan: El departamento de Rawson y Capital.

– San Luis: el departamento de General Pedernera.

– Santa Cruz: los aglomerados de la Ciudad de Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia.

– Santa Fe: los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.

– Santiago del Estero: los departamentos de Capital y Banda.

Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: el departamento de Río Grande.

Tucumán: el departamento Capital.

En tanto, estarán bajo las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio, con las mismas características y protocolos que hasta el momento, los restantes distritos del país, lo que incluye a la totalidad de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa y Misiones.

Además, el Gobierno determinó que podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros establecidos por el Consejo Federal de Educación y el Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad competente que deberá aprobar los planes de cada jurisdicción para la vuelta a la presencialidad.

También se autorizaron las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales.

Los gobernadores y las gobernadoras de provincia y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán eventualmente suspender todas las aperturas y nuevos permisos con el fin de proteger la salud pública.