Malas noticias para la Jueza de Garantías N°1 de Resistencia, María Pereyra. Es que el juez Federal subrogante de la capital chaqueña, Enrique Bosch, la procesó sin prisión preventiva por considerar que la magistrada “ayudó” al intendente de Castelli, Alberto Nievas, a eludir una orden de detención en una causa federal por presunto lavado de activos.
El procesamiento es sin prisión preventiva debido a la escasa pena máxima atribuida a estos delitos (de 1 a 6 años) y por el hecho de que la magistrada cuenta con fueros que impiden su detención. Además se le trabó un embargo por $50 mil.
La resolución a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA tiene fecha del jueves. En la misma, el juez Bosch recordó que el 23 de noviembre de 2018 la magistrada hizo lugar a un hábeas corpus presentado por el intendente Nievas y ordenó dejar sin efecto “toda orden de detención que recaiga sobre el mencionado”.
En ese momento, sobre Nievas pesaba una orden de detención de la justicia Federal en el marco de la causa conocida como Lavado III, donde se investiga el presunto desvío de fondos federales que debían ser destinados a la construcción de viviendas para comunidades indígenas.
En aquella oportunidad, los fundamentos de la jueza apuntaron a que en realidad el intendente de Castelli no podía ser detenido porque contaba con fueros y los mismos sólo podían ser quitados por el Concejo Municipal de esa localidad. En su sentencia, fue más allá y afirmó que la orden de detención de Niremperger fue “autoritaria e ilegítima”.
Sin embargo, para el juez Bosch, Pereyra se entrometió por medio de un hábeas corpus en una decisión de otra magistrada (en este caso, Niremperger) siendo que dicha herramienta legal no es la adecuada en estos casos. Lo correcto, según explicó, es apelar a posteriori ante las instancias correspondientes. Además, afirmó que para hacer lugar al hábeas corpus Pereyra ni siquiera pidió un informe a la jueza Niremperger sino que simplemente se basó en notas periodísticas y en lo presentado por la defensa de Nievas.
“Tengo por acreditados los extremos necesarios para, con el grado de probabilidad requerida en esta instancia, entender que María de las Mercedes Pereyra, en su calidad de Jueza de Garantías N°1 de la Provincia del Chaco, ayudó al señor Nievas a eludir el accionar de la Justicia o entorpecer las investigaciones (…) ya que dictó una resolución contrariando la normativa relativa al instituto de hábeas corpus y su interpretación por parte de la CSJN, basándose en términos de la presentación del solicitante (Nievas) y en publicaciones periodísticas sin requerir informe al respecto de la resolución de la detención en contra de Nievas, que reiteramos fue dictada por un magistrado judicial competente”, señaló Bosch.
“Cabe recordar que por ayuda debe entenderse toda acción de prestar colaboración a otro en el marco de un procedimiento judicial (…) y que la consumación del delito de encubrimiento se alcanza con la prestación de esa ayuda, no siendo necesario para su perfeccionamiento que el autor haya logrado efectivamente eludir las investigaciones o haya sustraído al autor del delito”, aclaró.
“En este sentido, no debe soslayarse que la doctora Pereyra (…) el 23 de noviembre de 2018 dispuso ‘dejar sin efecto toda orden de detención que recaiga sobre el mencionado’ (….) De esta manera, el accionar de la imputada, al dejar sin efecto la orden de detención en contra de Nievas, propició la posibilidad de que el prenombrado, al encontrarse en libertad, eluda el accionar de la justicia o entorpezca las actuaciones”, sostuvo.
libertad, eluda el accionar de la justicia o entorpezca las actuaciones”, sostuvo.