El gobierno nacional estableció un régimen que simplifica la inscripción de chicos y adolescentes que no hayan sido anotados en el Registro Civil al nacer y, que por lo tanto, carecen de DNI.
Según el Decreto 185/2019, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el régimen simplificado es excepcional y rige por un año, prorrogable a dos, para aquellos chicos y adolescentes de entre 13 y 18 años que no hayan sido anotados en el Registro al nacer o cuya inscripción esté en trámite.
Hasta ahora, los indocumentados en aquel rango etario debían atravesar por un procedimiento judicial que demora hasta dos años para obtener el documento. Con el nuevo régimen, los menores de edad, entre 13 y 18 años, ya no tendrán que iniciar un juicio de inscripción fuera de término para obtener su primer DNI y, además, serán eximidos de pagar cualquier multa.
¿CÓMO ES EL TRÁMITE?
-Presentar en el Registro Civil un informe negativo de inscripción de nacimiento.
-Llevar un certificado médico donde conste que, hasta el momento, la persona no fue inscripta en un ningún Registro Civil.
-Presentar el certificado donde figure la fecha y lugar de nacimiento.
-Ir acompañado por el padre o madre con DNI o, en caso de que se encuentren ausentes, llevar dos testigos también con documento.
La partida de nacimiento se hará vía administrativa, con la cual luego se podrá tramitar el primer DNI en forma gratuita.
Fuente diario datachaco