La Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia del Chaco ordenó la realización de un nuevo juicio oral en la causa por corrupción contra funcionarios públicos más trascendente de la historia política chaqueña. Fue luego de anular la condena contra el exsecretario general de Gobierno, Horacio Rey, y el ex coordinador del Fappo, Gustavo Katavich, por el delito de fraude agravado contra la administración pública por el desvío de los fondos de la publicidad oficial en la causa conocida como “Fappo”, entre diciembre de 2015 y marzo de 2018.
Según informó la revista Litigio, la resolución fue plasmada en un fallo de 127 páginas y dictada este miércoles 15 de diciembre por las juezas Iride Isabel Grillo y su par ad hoc, Wilma Martinez.
Las magistradas decidieron anular las condenas contra Rey y Katavich, en base a un planteo de la defensa del primero, que argumentó que la Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia condenó al ex secretario de Estado por un delito por el que no fue acusado por la Fiscalía de Cámara ni tampoco por la parte querellante. La misma situación le cabe al excoordinador del Fappo, Gustavo Katavich.
“Se puede afirmar que el tribunal en sus conclusiones ha superados los límite de las alegaciones de la acusación, de modo que la jurisdicción no se encontraba habilitada para suplir o complementar la acusación con elementos o circunstancias objetivas o subjetivas no contenidas en ésta, imponiendo una pena fijada por un tipo penal, omitido por la parte acusadora, siendo que ni los Fiscales, ni el querellante particular Dr. Guido Cotterli acusó en ese sentido, debido a que este se adhirió a todo lo dicho por la Fiscalía”, consigna el voto de la jueza Grillo, presidenta de la Sala Penal.
No obstante, las juezas de la Sala Penal ordenaron que otro tribunal juzgue a Rey pero en esta oportunidad como jefe de una asociación ilícita y a Katavich como miembro.
Por otro lado, la jueza Grillo y la subrogante Martinez también hicieron lugar al recurso de casación del Ministerio Público Fiscal y anularon la absolución del exsubsecretario de Politicas Comunicacionales, Paulo Buttice. En su caso, consideraron que la Cámara Tercera hizo una “valoración deficiente” de los elementos de prueba que lo incriminaban, “incurriendo el tribunal en omisiones, sin haberse efectuado un adecuado razonamiento lógico”.
Distinta fue la suerte del recurso de la Fiscalía contra la absolución de Ismael Fernández, cuñado de Rey y exsecretario privado del exgobernador Peppo. En su caso, la Sala Penal del STJ avaló la decisión de la Cámara Tercera y consideró que correspondía su absolución.
A Fernández se lo acusaba por el delito de “defraudación a la administración pública” por no haber devuelto un viático pagado por una de las empresas que recibió dinero de manera irregular del Fappo. En ese contexto, el fallo señala que “no puede deducirse que el acusado haya tenido intención y voluntad de afectar el peculio público”.
En ese sentido, las juezas de la Sala Penal consideraron que el representante del Ministerio Público Fiscal que “se concentró pura y exclusivamente en la calidad de funcionario público del procesado, afirmando una y otra vez un pretenso quebrantamiento de la normas, sin explicar de manera concreta de qué modo se habrían configurado los tipos penales que le endilgaban a Fernández, poniendo toda su atención en meras cuestiones jurídicas que no pudieron ser articuladas de manera coherente con las circunstancias fácticas y el material probatorio obrantes en autos, lo que dificultó a esta instancia la comprensión y análisis de la situación que proyectaba, no pudiendo en consecuencia quebrar el estado de inocencia del imputado”.