Una por una: las medidas que regirán en Chaco

0
521

El gobernador Jorge Capitanich dispuso, a través del decreto 1429/2020, las nuevas medidas, evaluadas junto al Comité de Desescalada, que regirán desde el 25 de octubre hasta el 7 de noviembre. Se ratifica el distanciamiento social, preventivo y obligatorio y el monitoreo de la evolución epidemiológica y las condiciones sanitarias.

Continuará la suspensión de clases presenciales en todos los niveles, exceptuando a quienes se encuentren comprendidos en el plan “Vuelta a clases”, dispuesto por decreto 1400/2020, en las localidades donde no hay casos de COVID-19.

Además, continúan prohibidos los eventos que impliquen aglomeración de personas, las restricciones de ingreso y egreso a la provincia con control en puntos limítrofes y las restricciones interjurisdiccionalesSeguirá vigente el sistema de alarma sanitaria, que prohíbe la circulación entre las 21 y las 7 horas, y sólo podrán circular aquellos que se consideren esenciales o quienes cuenten con el permiso correspondiente para realizar una actividad habilitada.

Se mantiene el licenciamiento para el personal de la administración pública provincial mayor de 60 años y pertenecientes en grupos de riesgo, desarrollando tareas a distancia a través de teletrabajo o trabajo remoto.

Las actividades comerciales, industriales, de construcción, actividades liberales, trabajadoras y trabajadores de casas particulares, entre otros, continúan habilitadas entre las 8 y las 20 horas.

Bares y restaurantes podrán abrir de 8 a 21 horas, con la utilización de la plataforma de turnos y ocupando sólo los espacios al aire libre, con no más de cuatro personas por mesa. Desde las 21 y hasta la medianoche, podrán contar con delivery o retiro del local. Los jueves, viernes y sábados, el horario de permanencia en el local será hasta las 0 horas, mientras que el servicio de delivery será hasta las 2 horas. Las salidas, paseos y actividades recreativas continuarán habilitadas de 8 a 21 horas, para quienes no integren grupos de riesgo.

En cuanto al transporte público, se retomarán los servicios urbanos, interurbanos, servicios puerta a puerta, minibuses y ferroviario interurbano, de 6 a 22 horasEl transporte de media y larga distancia estará en funcionamiento a partir del 2 de noviembre, conforme el cronograma y protocolos. La actividad aeroportuaria y los vuelos comerciales, funcionarán también de acuerdo a los protocolos y medidas.

Las guarderías infantiles y jardines maternales conforme al decreto 1360/2020 podrán funcionar tomando las medidas, recomendaciones y el protocolo aprobado por el Ministerio de Salud Pública de la provincia. Se invita, además, a los organismos nacionales, la justicia y el Poder Legislativo a adherir a las medidas dispuestas en el decreto.

El documento establece que dichas medidas podrán ser pasibles de cambios, de acuerdo a la evolución de los indicadores sanitarios y de seguridad. La fiscalización del cumplimiento, resultará de un trabajo mancomunado entre las autoridades provinciales y municipales.

CLUBES, GIMNASIOS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Los clubes e instituciones deportivas deberán establecer un ingreso limitado de personas con un máximo de 15 personas por turnos o clases, según el espacio de cada entidad. No se permitirá el ingreso de espectadores y acompañantes. Sólo se exceptúan en casos de menores que requieran del acompañamiento adulto. Los acompañantes no podrán ser personas que estén incluidas en grupos de riesgo.

Las actividades individuales al aire libre sólo se permitirán hasta las 20 horas. Se permitirá el desarrollo de actividades grupales que no impliquen contacto físico en espacios ventilados hasta las 20 horas.

Los gimnasios y centros terapéuticos, como así también los centros de día para adultos mayores mantendrán las habilitaciones establecidas con los horarios y modalidades de acuerdo a los protocolos. Se incluirán, a partir de ahora, los natatorios con fines terapéuticos o de entrenamiento, bajo prescripción médica con protocolos adecuados.

ACTIVIDAD TURÍSTICA Y RELIGIOSA

Las iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual mantendrán las restricciones de uso reducido de salones, no pudiendo exceder el 60% de la capacidad de la superficie total. No obstante, se recomienda la realización de actividades al aire libre.

Los servicios fúnebres seguirán permitiéndose por un período máximo de cuatro horas con capacidad de ocupación del 50% de los espacios y los protocolos de bioseguridad.

Las actividades vinculadas al turismo se permitirán en tanto la venta y reservas en agencias como los establecimientos rurales o de turismo rural, y actividades de turismo en general con la asignación previa de turnos. No tendrán restricción de días ni horarios.

La caza, pesca deportiva, de costa y de embarcación menor, se permitirán de acuerdo a las pautas fijadas por la autoridad de aplicación provincia y el permiso de circulación. En hoteles y afines no se permite el uso de espacios comunes.