Luego de la audiencia efectuada en el Juzgado de Garantías N° 2 de Resistencia, el magistrado Horacio Sandoval resolvió rechazar los planteos de nulidad de las declaraciones de imputado de Horacio Rey y Paulo Buttice; así como el de nulidad de las actuaciones por el principio de “non bis in ídem” (NdeR: no ser juzgado dos veces por la misma causa) y de las declaraciones de imputado de César Zibechi.
También rechazó la nulidad de los decretos de prisión preventiva solicitada por los abogados de Rey y Zibechi, en ambos casos por improcedentes.
Además no hizo lugar a los planteos de oposición a la prisión preventiva formulados por los respectivos defensores de Rey, Buttice y Zibecchi.
La lectura de los fundamentos fue diferida conforme la última parte del segundo párrafo del artículo 347 del Código Procesal Penal, por el término de ley.
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