{"id":9400,"date":"2018-02-07T15:03:11","date_gmt":"2018-02-07T15:03:11","guid":{"rendered":"http:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=9400"},"modified":"2018-02-07T15:03:11","modified_gmt":"2018-02-07T15:03:11","slug":"corregido-interpuso-un-nuevo-amparo-contra-el-aumento-a-la-energia-por-ser-arbitrario-e-ilegal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2018\/02\/07\/corregido-interpuso-un-nuevo-amparo-contra-el-aumento-a-la-energia-por-ser-arbitrario-e-ilegal\/","title":{"rendered":"Corregido interpuso un nuevo amparo contra el aumento a la energ\u00eda por ser arbitrario e ilegal"},"content":{"rendered":"

El defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco, Gustavo Corregido, present\u00f3 ante la Justicia federal un nuevo amparo colectivo contra el Ministerio de Energ\u00eda y Miner\u00eda de la Naci\u00f3n por el \u00faltimo aumento aplicado al valor de la energ\u00eda el\u00e9ctrica en el Mercado El\u00e9ctrico Mayorista. El ombudsman declar\u00f3 que \u201cal igual que con el aumento anterior, no dieron la informaci\u00f3n necesaria y ese accionar es arbitrario, ilegal y violatorio de la Constituci\u00f3n y del derecho a la informaci\u00f3n de los usuarios y consumidores\u201d.<\/p>\n

En el amparo Corregido pide que por la falta de informaci\u00f3n previa en la audiencia p\u00fablica se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Resoluci\u00f3n N\u00ba 1091-E\/2017, emitida por el Ministerio de Energ\u00eda y Miner\u00eda de la Naci\u00f3n y Secretaria de Energ\u00eda El\u00e9ctrica, que establece nuevos precios para el mercado el\u00e9ctrico mayorista con incrementos para el Per\u00edodo Estacional del verano 2017-2018.<\/p>\n

\u201cEn la audiencia p\u00fablica realizada el 17 de noviembre pasado en Formosa, no hubo informaci\u00f3n previa o sea que al igual que en la audiencia anterior, el incremento se aprob\u00f3 y aplic\u00f3 con informaci\u00f3n sesgada que impidi\u00f3 una efectiva participaci\u00f3n de los usuarios en la decisi\u00f3n que finalmente se adopt\u00f3, vulnerando derechos constitucionales\u201d, reclam\u00f3 el ombudsman.<\/p>\n

El defensor tambi\u00e9n solicita a la Justicia federal que ordene al Estado nacional que en el Chaco se abstenga de extender los efectos de esa resoluci\u00f3n y pide de que se exija al Poder Ejecutivo de la Naci\u00f3n que se establezca un valor de energ\u00eda el\u00e9ctrica diferencial para la Provincia, contemplado las altas temperaturas que existen en el territorio. Finalmente solicita que se ordene al gobierno, que previo a convocar a una nueva audiencia p\u00fablica ponga a disposici\u00f3n de los usuarios toda la informaci\u00f3n t\u00e9cnica econ\u00f3mica que dar\u00e1 fundamento a los aumentos.<\/p>\n

Corregido insiste que en el caso de los servicios p\u00fablicos como el de la energ\u00eda el\u00e9ctrica, que son prestados por empresas concesionarias en forma monop\u00f3lica bajo supervisi\u00f3n del Estado, el proceso de la audiencia p\u00fablica conforma un procedimiento esencial en el estado de derecho para escuchar al usuario y hacerlo part\u00edcipe de la decisi\u00f3n administrativa que se tome, sobre todo teniendo en cuenta que el consumidor no puede optar por otra empresa prestataria del servicio de energ\u00eda.<\/p>\n

Fuente diario primera linea<\/p>\n

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