{"id":68051,"date":"2023-04-03T16:56:33","date_gmt":"2023-04-03T19:56:33","guid":{"rendered":"https:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=68051"},"modified":"2023-04-03T16:56:33","modified_gmt":"2023-04-03T19:56:33","slug":"condenaron-por-abuso-sexual-a-12-anos-de-prision-al-presidente-del-concejo-de-villa-rio-bermejito","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2023\/04\/03\/condenaron-por-abuso-sexual-a-12-anos-de-prision-al-presidente-del-concejo-de-villa-rio-bermejito\/","title":{"rendered":"Condenaron por abuso sexual a 12 a\u00f1os de prisi\u00f3n al presidente del concejo de Villa R\u00edo Bermejito"},"content":{"rendered":"

El presidente del Concejo de Villa R\u00edo Bermejito,\u00a0Norberto Jacinto Novak de 73 a\u00f1os, fue condenado a la pena de doce a\u00f1os de prisi\u00f3n de cumplimiento efectivo por ser penalmente<\/strong>\u00a0responsable de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual en con acceso carnal en concurso real.<\/p>\n

 <\/p>\n

La sentencia firmada en sala unipersonal por Alejandra Genovese, jueza de la C\u00e1mara Multifueros de Juan Jos\u00e9 Castelli, dio por probado que\u00a0Novak abus\u00f3 sexualmente entre 1999 y septiembre de 2002, cuando la v\u00edctima era menor de edad,<\/strong>\u00a0y luego entre diciembre de 2002 y, aproximadamente, 2014.<\/p>\n

 <\/p>\n

El \u00faltimo episodio ocurri\u00f3 en los primeros meses de 2020 cuando el condenado toc\u00f3 en zonas \u00edntimas dentro del local comercial de su propiedad. Los hechos tuvieron lugar en Villa Rio Bermejito, el Espinillo,\u00a0as\u00ed como parajes rurales de la misma y lugares aleda\u00f1os de las mismas, c\u00f3mo tambi\u00e9n en un veh\u00edculo y oficina del imputado.<\/strong><\/p>\n

 <\/p>\n

El condenado cumplir\u00e1 la pena bajo la modalidad de prisi\u00f3n domiciliaria, debido a su edad y al cuadro de salud que presenta.\u00a0Deber\u00e1 permanecer all\u00ed y no ausentarse m\u00e1s all\u00e1 de lo autorizado por el juez competente.<\/strong><\/p>\n

 <\/p>\n

Adem\u00e1s, tendr\u00e1 guarda y custodia personal permanente de un tutor. Esta persona deber\u00e1 aceptar formalmente el cargo en t\u00e9rmino de ley. Por otra parte, deber\u00e1 comunicarse con el tribunal el primer d\u00eda h\u00e1bil de cada mes, mediante videollamada, por el tiempo que la C\u00e1mara siga tramitando la causa.<\/p>\n

Fuente diario tag<\/p>\n

\n\t\t\t
\n\t\t\t <\/div><\/div>\n\t\t