{"id":47270,"date":"2021-06-09T23:36:34","date_gmt":"2021-06-10T02:36:34","guid":{"rendered":"https:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=47270"},"modified":"2021-06-09T23:36:34","modified_gmt":"2021-06-10T02:36:34","slug":"conoce-las-medidas-que-regiran-desde-el-10-al-21-de-junio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2021\/06\/09\/conoce-las-medidas-que-regiran-desde-el-10-al-21-de-junio\/","title":{"rendered":"Conoc\u00e9 las medidas que regir\u00e1n desde el 10 al 21 de junio"},"content":{"rendered":"
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El gobernador del Chaco Jorge Capitanich firm\u00f3, en la noche de este mi\u00e9rcoles 9 de junio, el decreto N\u00b0 1242\/2021 que establece las nuevas medidas sanitarias dispuestas en el marco de la pandemia por Covid-19. Las medidas, que tendr\u00e1n vigencia desde este jueves 10 de junio hasta el lunes 21, fueron definidas considerando la situaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica y las recomendaciones del Consejo Provincial de Vacunaci\u00f3n, el Consejo Provincial de Desescalada y el Comit\u00e9 de Seguimiento.<\/p>\n

Las medidas definidas son:<\/strong><\/h2>\n

Reuniones \u2013 Eventos:<\/strong>\u00a0No se encuentran permitidos eventos p\u00fablicos y\/o privados en espacios abiertos o cerrados bajo cualquier modalidad o motivo.<\/p>\n

Administraci\u00f3n P\u00fablica Provincial:<\/strong>\u00a0Se dispone la habilitaci\u00f3n de los t\u00e9rminos y plazos administrativos a partir del d\u00eda lunes 14 de junio. Hasta esa fecha los servicios considerados esenciales deber\u00e1n ser cumplidos con guardias m\u00ednimas y\/o grupos reducidos de planteles de trabajadores en cada jornada.<\/p>\n

Sistema Educativo Provincial:\u00a0<\/strong>A partir del d\u00eda lunes 14 de junio del corriente a\u00f1o se habilitar\u00e1 el dictado de clases presenciales en los establecimientos rurales y en aquellas localidades y zonas que registren tasa de incidencia inferior a 150 casos cada 100.000 habitantes, conforme la normativa complementaria que el Ministerio de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda establezca a tal fin.<\/p>\n

Para aquellos lugares no comprendidos en lo mencionado anteriormente las y los docentes de la Provincia deber\u00e1n dar continuidad al desarrollo curricular a trav\u00e9s del dictado de clases de manera digital a trav\u00e9s de la plataforma ELE.<\/p>\n

Casinos \u2013 Cines:\u00a0<\/strong>Se encuentra habilitado su funcionamiento con estricta reducci\u00f3n de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio, dentro del horario de circulaci\u00f3n habilitado hasta las 22 horas.<\/p>\n

Parques, Plazas, Espacios p\u00fablicos:\u00a0<\/strong>Se permite el uso de los espacios para recreaci\u00f3n y esparcimiento. No se encuentra habilitado el desarrollo de ferias, exposiciones, conciertos, recitales y en general de todo tipo de eventos que generen y\/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas,<\/p>\n

Restricci\u00f3n de circulaci\u00f3n:\u00a0<\/strong>Contin\u00faa vigente eEn el horario comprendido entre las 22 horas y las 6 de la ma\u00f1ana de cada d\u00eda, exceptuando a los trabajadores esenciales, actividades habilitadas, o en casos de emergencia.<\/p>\n

Alarma Sanitaria:\u00a0<\/strong>A partir de las 21 horas.<\/p>\n

Pasaporte Chaco:<\/strong>\u00a0comprender\u00e1 el permiso para circular con autotest y la identificaci\u00f3n del sujeto como persona con protecci\u00f3n inmunitaria, ya sea por vacunaci\u00f3n (con fecha de m\u00e1s de 30 d\u00edas de inoculaci\u00f3n de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los \u00faltimos 4 meses. Los locales con actividades habilitadas, deber\u00e1n verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco, que puede tramitarse\u00a0aqu\u00ed<\/a>
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\nAdem\u00e1s, se solicitar\u00e1 constancia de hisopado negativo o certificado de vacunaci\u00f3n de al menos catorce (14) d\u00edas previos de inoculaci\u00f3n para el ingreso y\/o egreso de la Provincia.<\/p>\n

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Actividades y locales comerciales esenciales para el abastecimiento:\u00a0<\/strong>Se encuentra habilitado el funcionamiento de los locales comerciales en el horario de 8 a 21 horas, con estricta reducci\u00f3n de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio. Se recomienda la utilizaci\u00f3n de entregas a domicilio (delivery) y\/o para llevar (take away).<\/p>\n

Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general:<\/strong>\u00a0Se encuentran habilitadas en el horario de 8 a 21 horas con estricta reducci\u00f3n de capacidad al 30% de la superficie disponible de cada espacio.<\/p>\n

Shoppings y centros comerciales:\u00a0<\/strong>Los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shoppings podr\u00e1n funcionar en los horarios y con el aforo previstos en el p\u00e1rrafo precedente (30%). No se permitir\u00e1 la permanencia de clientes en los espacios comunes y patios de comida, cuyos locales podr\u00e1n funcionar exclusivamente bajo modalidad de delivery (entrega a domicilio).<\/p>\n

Gastronom\u00eda, Restaurantes, Bares:<\/strong>\u00a0Habilitados para atenci\u00f3n en espacios cerrados con reducci\u00f3n de aforo al 30% entre las 8 a las 22 horas. \u00a0Se sugiere priorizar la atenci\u00f3n al aire libre. A partir de las 22 hs y hasta las 24 hs se encuentra habilitada la comercializaci\u00f3n a trav\u00e9s de la modalidad de entrega domicilio (delivery).<\/p>\n

Gimnasios \u2013 Clubes – Actividades F\u00edsicas y Deportivas:<\/strong>\u00a0A fin del restablecimiento gradual del sector, podr\u00e1n funcionar en este per\u00edodo bajo las siguientes modalidades:<\/p>\n

1) Gimnasios \u2013 Academias: Se encuentran habilitados para entrenamiento individual los d\u00edas lunes a viernes en el horario comprendido entre las 6 y las 21 horas, con cumplimiento de la capacidad autorizada por los respectivos protocolos vigentes.<\/p>\n

2) Clubes: Podr\u00e1n funcionar en el mismo horario indicado en el p\u00e1rrafo anterior para el desarrollo de entrenamientos f\u00edsicos y\/o de disciplinas deportivas individuales y\/o grupales sin compartir elementos.<\/p>\n

3) \u00a0No se permite:<\/p>\n

– La pr\u00e1ctica deportiva de contacto y aquella que implique compartir elementos en com\u00fan, en espacios cerrados y\/o al aire libre.
\n– El desarrollo de actividades con presencia de p\u00fablico o que impliquen concentraci\u00f3n de personas.
\n– El desarrollo de partidos, torneos o competencias, sean \u00e9stas federadas, profesionales y\/o amateur.<\/p>\n

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Transporte:<\/strong>\u00a0Se habilita el uso de hasta un 75% de aforo en las unidades \u2013 Los pasajeros deber\u00e1n contar obligatoriamente con pasaporte Chaco.<\/p>\n

Obras de construcci\u00f3n:\u00a0<\/strong>Se habilita el desarrollo de obras de construcci\u00f3n p\u00fablicas y privadas.<\/p>\n

Agencias, Sub-Agencias de quiniela:<\/strong>\u00a0se mantienen las habilitaciones previstas por Decreto N\u00b0 1176\/2021, es decir: podr\u00e1n funcionar en horario de 7 a 20:30, con estrictos protocolos para atenci\u00f3n.<\/p>\n

Iglesias \u2013 Cultos \u2013 Celebraciones religiosas:\u00a0<\/strong>Habilitadas con reducci\u00f3n de aforo al 30% de la superficie disponible. En ning\u00fan caso podr\u00e1n exceder las 100 personas.<\/p>\n

Jardines \u2013 Guarder\u00edas:\u00a0<\/strong>se mantiene el funcionamiento.<\/p>\n

Peloteros \u2013 Salones Infantiles:<\/strong>\u00a0se habilita con aforo del 30% para eventos que no superen las 2 horas de duraci\u00f3n.<\/p>\n

Actividad Legislativa y Judicial:\u00a0<\/strong>se invita a adherir o generar la atenci\u00f3n v\u00eda remoto y por audiencias virtuales.<\/p>\n<\/div>\n

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