{"id":43757,"date":"2021-01-15T12:27:11","date_gmt":"2021-01-15T12:27:11","guid":{"rendered":"https:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=43757"},"modified":"2021-01-15T12:27:11","modified_gmt":"2021-01-15T12:27:11","slug":"monotributo-con-las-escalas-congeladas-quedan-6-dias-para-la-recategorizacion-pero-se-mantienen-las-alicuotas-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2021\/01\/15\/monotributo-con-las-escalas-congeladas-quedan-6-dias-para-la-recategorizacion-pero-se-mantienen-las-alicuotas-de-2020\/","title":{"rendered":"Monotributo: con las escalas congeladas, quedan 6 d\u00edas para la recategorizaci\u00f3n pero se mantienen las al\u00edcuotas de 2020"},"content":{"rendered":"
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La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP) ratific\u00f3 que el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles 20 de enero vence el plazo establecido por ley para cumplimentar con el proceso de recategorizaci\u00f3n del monotributo en el caso de que registre cambios en la facturaci\u00f3n seg\u00fan los par\u00e1metros establecidos durante todo el 2020.<\/div>\n
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Las escalas de monotributo est\u00e1n congeladas desde octubre de 2019 y durante todo el 2020 como consecuencia del congelamiento de la movilidad, que es lo que actualiza esos valores, por lo que desde la AFIP explicaron que no es potestad del organismo modificar plazos y escalas. \u201cEst\u00e1 previsto por ley, no es una atribuci\u00f3n del organismo cambiarlo\u201d, explicaron.<\/div>\n
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En este esquema, aquel monotributista que haya obtenido un incremento de su facturaci\u00f3n aunque sea s\u00f3lo consecuencia de la inflaci\u00f3n y no de un incremento real de sus ingresos, deber\u00e1 modificar su escala a la espera que se trate el proyecto de ley que envi\u00f3 la AFIP por el cual se establece que la escala del r\u00e9gimen simplificado ajustar\u00e1 por la movilidad que en 2020 fue de 35,6 por cinto.<\/div>\n
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Pero, as\u00ed como deber\u00e1 ajustar su categor\u00eda, la buena noticia es que como no se modificaron las escalas tampoco se cambiaron las al\u00edcuotas, por lo que las cuotas siguen manteniendo los valores de 2020.<\/div>\n
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Mientras se espera la pr\u00f3xima recategorizaci\u00f3n que es en julio, en la AFIP entienden que hay un universo de 20.000 contribuyentes que saldr\u00edan del sistema simplificado para ir al sistema de responsable inscriptos. \u201cEstos contribuyentes tendr\u00e1n todos los beneficios de la nueva ley una vez que sea aprobada. Podr\u00e1n volver al r\u00e9gimen monotributista si no superan el 25% de crecimiento en la facturaci\u00f3n o tendr\u00e1n todos los descuentos previstos\u201d, explican desde la entidad que conduce Mercedes Marc\u00f3 del Pont.<\/div>\n
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Pero la ley acaba de ingresar al Congreso, por lo que es poco probable que salga aprobada antes del 20 de enero. En ese caso, los pazos para la recategorizaci\u00f3n est\u00e1n establecidos en la web de la AFIP, as\u00ed como las escalas.<\/div>\n
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Los que deber\u00e1n cambiar de categor\u00eda son aquellos que su facturaci\u00f3n sea mayor o menor al piso y techo establecido en la categor\u00eda declarada. La operaci\u00f3n puede realizarse desde la web de la AFIP con CUIT y clave fiscal o desde la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil \u201cMi Monotributo\u201d.<\/div>\n
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Actualmente las categor\u00edas van de la \u201cA\u201d a la \u201cH\u201d para los prestadores de servicios y de la \u201cA\u201d a la \u201cK\u201d para quienes vendan productos.<\/div>\n
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Para realizar el tr\u00e1mite los contribuyentes deber\u00e1n tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energ\u00eda el\u00e9ctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y\/o la superficie afectada a la actividad en ese momento. En caso de no completar al menos seis meses de actividad, se mantendr\u00e1 la categorizaci\u00f3n inicial.<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n
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