{"id":43555,"date":"2021-01-05T11:47:55","date_gmt":"2021-01-05T11:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=43555"},"modified":"2021-01-05T11:47:55","modified_gmt":"2021-01-05T11:47:55","slug":"rigen-las-nuevas-restricciones-de-circulacion-en-toda-la-provincia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2021\/01\/05\/rigen-las-nuevas-restricciones-de-circulacion-en-toda-la-provincia\/","title":{"rendered":"Rigen las nuevas restricciones de circulaci\u00f3n en toda la provincia"},"content":{"rendered":"

Rigen desde hoy y hasta el 21 de enero<\/strong>\u00a0las\u00a0nuevas medidas en todo el territorio provincial,<\/strong>\u00a0mediante el Decreto Provincial N\u00b0 1\/2021, debido al aumento de casos por COVID-19.<\/p>\n

Entre las medidas establecidas, el documento ratifica el mantenimiento de las medidas de higiene y distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Adem\u00e1s, se recomienda: evitar fumar en la v\u00eda p\u00fablica cuando no exista dos metros de distancia entre personas, compartir utensilios, vasos y dem\u00e1s elementos, evitar el consumo compartido de alimentos, bebidas e infusiones (mate-terer\u00e9).<\/p>\n

Tambi\u00e9n, se establece como obligatorio el uso de barbijos o tapabocas en la v\u00eda p\u00fablica, oficinas, locales comerciales y en todo espacio de uso com\u00fan.<\/p>\n

El documento ratifica los decretos N\u00ba1586\/2020 y N\u00ba1601\/2020 de licencia ordinaria obligatoria del personal de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y de suspensi\u00f3n de t\u00e9rminos administrativos. Cada jurisdicci\u00f3n deber\u00e1, preferentemente, otorgar a los agentes el cumplimiento de los d\u00edas de licencia correspondientes en el plazo de vigencia del presente, garantizando guardias m\u00ednimas esenciales.<\/p>\n

Se establecer\u00e1n puestos de controles en los puntos lim\u00edtrofes de la Provincia, as\u00ed como en los ingresos de las localidades, a fin de generar un registro y seguimiento de las personas que circulen por la provincia. Como medida especial, durante los d\u00edas s\u00e1bados y domingos no se permitir\u00e1 la circulaci\u00f3n entre localidades.<\/p>\n

\u00a0ALARMA SANITARIA<\/strong><\/p>\n

La alarma se implementar\u00e1 entre las 0 horas y las 6 horas de cada d\u00eda, salvo de jueves a domingos donde estar\u00e1 habilitado el funcionamiento de bares y restaurantes hasta las 02:00 horas. No obstante, se desalienta la circulaci\u00f3n de personas en la v\u00eda p\u00fablica.<\/p>\n

En cuanto a la circulaci\u00f3n de personas, automotores y motoveh\u00edculos, se mantienen las acciones tendientes a desalentar la movilidad urbana. En este sentido, la alarma sanitaria se implementar\u00e1 en todo el territorio provincial a fin de hacer saber a la comunidad la criticidad de los indicadores actuales.<\/p>\n

Cabe remarcar que, durante dicho per\u00edodo, se proh\u00edben los desplazamientos y la circulaci\u00f3n de bienes y personas, con exclusi\u00f3n de aquellos afectados al servicio de salud, seguridad o que cuenten con turno o permiso para circular expedido por la plataforma \u201cTu Gobierno Digital\u201d exclusivamente para este periodo.<\/p>\n

Todas las actividades habilitadas deber\u00e1n concluir su funcionamiento antes de dicho horario, a fin de garantizar la fiscalizaci\u00f3n y control por parte de las autoridades policiales y municipales, con las \u00fanicas salvedades que se prev\u00e9n en el presente. El decreto establece que durante el periodo de vigencia de la alarma sanitaria, toda excepci\u00f3n de circulaci\u00f3n debe encontrarse debidamente justificada.<\/p>\n

ESPACIOS P\u00daBLICOS<\/strong><\/p>\n

Se podr\u00e1 permanecer en espacios p\u00fablicos s\u00f3lo hasta las 22 horas. A partir de ese horario, las autoridades municipales y de seguridad podr\u00e1n adoptar medidas necesarias para disuadir y evitar la concentraci\u00f3n y aglomeraci\u00f3n de personas. Cabe destacar que en dichos espacios no se encuentran permitidos la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos p\u00fablicos, ferias y actividades recreativas no deportivas.<\/p>\n

TURISMO<\/strong><\/p>\n

Los permisos de turismo contin\u00faan vigentes y deben tramitarse en la web http:\/\/permisoprovincial.chaco.gob.ar. No s\u00e9 requiere pago de hisopado ni hay restricciones de ingreso o egreso al territorio provincial.<\/p>\n

TRANSPORTE P\u00daBLICO<\/strong><\/p>\n

El transporte urbano de pasajeros estar\u00e1 permitido con unidades hasta el 50% de su capacidad.\u00a0 No se permitir\u00e1 el transporte urbano e interurbano durante la vigencia de la alarma sanitaria. Los usuarios, durante la permanencia en la unidad, no pueden realizar actividades que conlleven quitarse la mascarilla, como comer, beber y\/o tomar mate.<\/p>\n

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\u00bfEST\u00c1N PERMITIDOS LOS ENCUENTROS Y REUNIONES SOCIALES?<\/strong><\/p>\n

S\u00ed. S\u00f3lo hasta diez personas como m\u00e1ximo, preferentemente pertenecientes a un mismo grupo familiar o de convivientes.<\/p>\n

Se recomienda que el contacto social deba limitarse a los grupos burbuja, es decir, a grupos de personas que se relacionan entre s\u00ed generando un espacio de confianza, cuidado mutuo y seguridad.<\/p>\n

EVENTOS SOCIALES Y CULTURALES<\/p>\n

El decreto suspende todas aquellas medidas adoptadas (por Decreto N\u00b0 1706\/2020) vinculadas a realizaci\u00f3n de eventos y reuniones sociales, culturales, recreativos, musicales, empresariales, en espacios abiertos, cerrados, p\u00fablicos y\/o privados.<\/p>\n

EJERCICIO F\u00cdSICO Y DEPORTES<\/strong><\/p>\n

No se encuentra permitido el desarrollo de deportes y\/o actividades f\u00edsicas de car\u00e1cter grupal, que impliquen concentraci\u00f3n, aglomeraci\u00f3n de personas o contacto f\u00edsico tanto en \u00e1mbitos abiertos, cerrados, espacios p\u00fablicos y\/o privados.\u00a0 Adem\u00e1s, se encuentra prohibida la ejecuci\u00f3n de competencias y\/o actividades con asistencia de p\u00fablico.<\/p>\n

CULTO E IGLESIAS<\/strong><\/p>\n

Las actividades desarrolladas en Iglesias y Templos se limitan al 50% de su capacidad en cuanto a la asistencia de personas. Los asistentes deber\u00e1n respetar medidas de distanciamiento social y el uso obligatorio de barbijos o tapabocas.\u00a0 Dichos lugares deber\u00e1n encontrarse abiertos y ventilados en forma constante.<\/p>\n

BARES Y RESTAURANTES<\/strong><\/p>\n

Estos espacios podr\u00e1n funcionar dentro de los horarios habilitados, hasta las 00 horas de lunes a mi\u00e9rcoles y los d\u00edas jueves, viernes, s\u00e1bado y domingo, podr\u00e1n hacerlo hasta las 02:00 horas.<\/p>\n

El desarrollo de las actividades deber\u00e1 respetar las medidas generales de higiene y de distanciamiento social, reducci\u00f3n de superficie, debiendo establecer horarios prioritarios y diferenciados de atenci\u00f3n especial para personas mayores de 60 a\u00f1os y grupos de riesgo.<\/p>\n

Adem\u00e1s se continuar\u00e1 realizando el monitoreo permanente de la evoluci\u00f3n de los indicadores sanitarios a efectos de observar la evoluci\u00f3n de los par\u00e1metros e indicadores epidemiol\u00f3gicos y sanitarios.<\/p>\n

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