{"id":35042,"date":"2020-02-26T14:28:12","date_gmt":"2020-02-26T14:28:12","guid":{"rendered":"http:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=35042"},"modified":"2020-02-26T14:28:12","modified_gmt":"2020-02-26T14:28:12","slug":"el-autor-de-la-fake-news-sobre-coronavirus-en-chaco-podria-recibir-hasta-6-anos-de-prision","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2020\/02\/26\/el-autor-de-la-fake-news-sobre-coronavirus-en-chaco-podria-recibir-hasta-6-anos-de-prision\/","title":{"rendered":"El autor de la \u00abfake news\u00bb sobre Coronavirus en Chaco podr\u00eda recibir hasta 6 a\u00f1os de prisi\u00f3n"},"content":{"rendered":"

Y es que as\u00ed lo estipula claramente el C\u00f3digo Penal Argentino, en el cap\u00edtulo III a donde detalla la denominada\u00a0\u00a0\u201cintimidaci\u00f3n p\u00fablica\u201d<\/strong>, que no es m\u00e1s que aquel delito que atenta contra el orden p\u00fablico.<\/p>\n

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En esencia\u00a0este il\u00edcito consiste en la ejecuci\u00f3n de cualquier tipo de conductas capaz de generar o infundir temor p\u00fablico, con el peligro de promover tumultos o desordenes sociales, tal lo ocurrido en la tarde del martes en Chaco,\u00a0<\/strong>a donde por redes sociales y medios irresponsables de comunicaci\u00f3n se \u201cviraliz\u00f3\u201d una captura de un supuesto portal de noticias que confirmaba un caso de Coronavirus en Resistencia.<\/p>\n

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Art\u00edculo 211. \u2013\u00a0<\/strong>Ser\u00e1 reprimido con prisi\u00f3n de dos a seis a\u00f1os, el que, para infundir un temor p\u00fablico o suscitar tumultos o des\u00f3rdenes, hiciere se\u00f1ales, diere voces de alarma, amenazare con la comisi\u00f3n de un delito de peligro com\u00fan o empleare otros medios materiales normalmente id\u00f3neos para producir tales efectos\u2026<\/p>\n

C\u00d3DIGO PENAL DE LA NACI\u00d3N<\/p><\/blockquote>\n

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La \u201cfake news\u201d cuyo origen se estar\u00eda investigando por estas horas hab\u00eda generado un p\u00e1nico generalizado, a tal punto que se tuvo que afectar a agentes de la Polic\u00eda del Chaco para que corroboren \u2013in situ- en el Sanatorio<\/strong>, la veracidad de lo que se \u201cinformaba\u201d en ese sitio web falso. A las pocas horas,\u00a0la propia Ministra de Salud del Chaco emiti\u00f3 un comunicado oficial descartando tal situaci\u00f3n\u00a0y procurado as\u00ed llevar tranquilidad a la comunidad.<\/p>\n

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Ahora resta saber a donde se origin\u00f3 la \u201cFake News\u201d que \u2013de acuerdo a lo que pudo consultar Diario21.tv con especialistas-\u00a0\u00abcon un sencillo rastreo se podr\u00e1 localidad el IP desde donde se public\u00f3 por primera vez y comenz\u00f3 la distribuci\u00f3n masiva\u00bb\u00a0<\/strong>en todas las redes sociales, incluido Whatsapp. Este m\u00e9todo de investigaci\u00f3n es llevado a cabo de manera recurrente por agentes de la Divisi\u00f3n Delitos Tecnol\u00f3gicos y\/o Cibercrimen de la polic\u00eda provincial.<\/p>\n

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Claro est\u00e1 que para aperturar una investigaci\u00f3n, deber\u00e1 contarse con la actuaci\u00f3n de un fiscal que asuma la conducci\u00f3n de la instrucci\u00f3n. Sin embargo,\u00a0la Justicia de Faltas de la Provincia tambi\u00e9n tiene entre sus manos una oportunidad de avanzar con una causa, ya que el C\u00f3digo de Faltas se\u00f1ala que :<\/strong><\/p>\n

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\u00a0Art\u00edculo 56\u00b0:\u00a0<\/strong>\u201cSer\u00e1 sancionado con arresto de hasta 30 d\u00edas o multa equivalente en efectivo de hasta 6 remuneraciones mensuales, m\u00ednima, vital y m\u00f3vil:<\/p>\n

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  1. El que sin incurrir en el delito calificado por el Art\u00edculo 211\u00b0 del C\u00f3digo Penal Argentino, en lugar p\u00fablico vocee o propale, por cualquier medio, noticias falsas que puedan llevar a la poblaci\u00f3n intranquilidad o temor. La sanci\u00f3n se duplicara en caso de utilizarse alg\u00fan medio escrito, oral o televisivo\u201d.<\/li>\n<\/ol>\n

    C\u00d3DIGO DE FALTAS DEL CHACO<\/p><\/blockquote>\n

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    Tras la divulgaci\u00f3n malintencionada e irresponsable del supuesto caso de Coronavirus,\u00a0est\u00e1 en manos del Poder Judicial actuar en consecuencia para aplicar las sanciones que correspondan o bien \u2013al menos- identificar al autor de la \u201cnoticia\u201d que sembr\u00f3 el p\u00e1nico en los chaque\u00f1os\u00a0<\/strong>y que gener\u00f3 una costosa movilizaci\u00f3n de autoridades del orden y del Ejecutivo.<\/p>\n

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    \u00bfHabr\u00e1 sanci\u00f3n ejemplar para evitar reiteraciones?<\/em><\/strong><\/p>\n

    \u00bfConoceremos el nombre y apellido del delincuente virtual?<\/em><\/strong><\/p>\n

    Fuente 21tv<\/p>\n

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