{"id":25643,"date":"2019-08-26T12:02:45","date_gmt":"2019-08-26T12:02:45","guid":{"rendered":"http:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=25643"},"modified":"2019-08-26T12:02:45","modified_gmt":"2019-08-26T12:02:45","slug":"docentes-y-alumnos-tendran-justificadas-las-faltas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2019\/08\/26\/docentes-y-alumnos-tendran-justificadas-las-faltas\/","title":{"rendered":"Docentes y alumnos tendr\u00e1n justificadas las faltas"},"content":{"rendered":"
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El Ministerio de\u00a0Educaci\u00f3n<\/a>\u00a0de la provincia informa que se encuentra en plena vigencia la Resoluci\u00f3n N\u00ba 3090, que establece que cada uno de los directores de las Regionales Educativas deber\u00e1n determinar la falta de condiciones de accesibilidad de\u00a0docentes<\/a>, no docentes y alumnos, de manera total o parcial, de una localidad o ciudad, en caso de que se registren abundantes precipitaciones, y que constituyen causas ajenas a la voluntad de los trabajadores y estudiantes, impidi\u00e9ndoles llegar a los establecimientos educativos.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/article>\n

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Vale destacar que la Resoluci\u00f3n N\u00ba 3090\/17 es una ampliatoria de la N\u00ba 2684, de abril de 2017, que contempla tambi\u00e9n \u201cla falta de accesibilidad de docentes, no docentes y estudiantes en las instituciones educativas por causa de medidas de fuerza de empleados del transporte p\u00fablico, cortes de rutas por manifestaciones y\/o inundaciones o desbordes de r\u00edos o espejos de agua, de manera total o parcial, de una localidad o ciudad\u201d.<\/p>\n

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Esta resoluci\u00f3n vigente establece que los agentes comprendidos en esta situaci\u00f3n deben acreditar fehacientemente, presentando constancia extendida por ente oficial (Polic\u00eda del\u00a0Chaco<\/a>\u00a0y\/o Defensa Civil) en la que constar\u00e1n las fechas desde y hasta cu\u00e1ndo se vieron afectados.<\/p>\n

Asimismo, encomienda a los directivos a establecer, en acuerdo con los docentes, las estrategias pedag\u00f3gicas para garantizar la recuperaci\u00f3n de los contenidos sin que implique la ampliaci\u00f3n de la carga horaria establecida.<\/p>\n

Adem\u00e1s, menciona que se debe determinar que los directores de cada establecimiento de todos los niveles y modalidades, reg\u00edmenes especiales y servicios educativos, por disposici\u00f3n acreditar\u00e1n las situaciones del personal involucrado, sin consignar inasistencias, cuando se encuentran afectados por las razones expuestas, previa recepci\u00f3n de las constancias pertinentes, las cuales deber\u00e1n ser presentadas en el t\u00e9rmino de 48 horas.<\/p>\n

Fuente diario tag<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/article>\n

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