{"id":11307,"date":"2018-05-03T11:46:57","date_gmt":"2018-05-03T11:46:57","guid":{"rendered":"http:\/\/diariosdelchaco.com\/?p=11307"},"modified":"2018-05-03T11:50:46","modified_gmt":"2018-05-03T11:50:46","slug":"lavado-i-el-fuero-provincial-no-se-corre-y-tendra-que-decidir-la-corte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariochaco.com.ar\/2018\/05\/03\/lavado-i-el-fuero-provincial-no-se-corre-y-tendra-que-decidir-la-corte\/","title":{"rendered":"LAVADO I: EL FUERO PROVINCIAL NO SE CORRE Y TENDR\u00c1 QUE DECIDIR LA CORTE"},"content":{"rendered":"

El Juzgado de Garant\u00edas 2 rechaz\u00f3 ayer el pedido de la Justicia Federal para que el equipo de fiscales del STJ decline. De esta manera, el caso ir\u00e1 al m\u00e1ximo tribunal, que deber\u00e1 definir respecto a qui\u00e9n contin\u00faa investigando los delitos precedentes.<\/p>\n

La Justicia Provincial decidi\u00f3 ayer que no se apartar\u00e1 de la investigaci\u00f3n de los delitos precedentes en el marco de la megacausa Lavado I, por lo que ser\u00e1 la Corte Suprema la que decida qu\u00e9 fuero contin\u00fae con el expediente.<\/div>\n
Una resoluci\u00f3n del Juzgado de Garant\u00edas 2 de Resistencia rechaz\u00f3 la presentaci\u00f3n que hab\u00eda sido realizada por la Justicia Federal para que el equipo de fiscales ad hoc dispuesto Superior Tribunal de Justicia (STJ) decline competencia en la causa.<\/div>\n
Como era esperable, la Justicia provincial no acept\u00f3 ese pedido lo que confirma el duelo de competencias por el expediente.<\/div>\n
En el \u00e1mbito federal tambi\u00e9n aguardaban una definici\u00f3n en este rumbo por lo que tanto el fiscal (Patricio Sabadino) como la jueza (Zunilda Niremperger) esperar\u00e1n lo que determine la Corte.<\/div>\n
La decisi\u00f3n del juez H\u00e9ctor Sandoval se conoci\u00f3 ayer y qued\u00f3 plasmada en la resoluci\u00f3n 70\/18 en la cual, adem\u00e1s, dej\u00f3 planteado que \u00abpara el caso de no compartir la postura expuesta, la cuesti\u00f3n de competencia negativa entre los fueros federal y provincial en relaci\u00f3n a los delitos precedentes (art\u00edculos 239, 248, 260 y concordantes y 210 del C\u00f3digo Penal) del de lavado de activos que se investiga en aquel fuero; y solicitarle eleve las actuaciones a Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n para que la dirima\u00bb.<\/div>\n
La megacausa Lavado I investiga supuesto desv\u00edo de fondos por parte de funcionarios provinciales (algunos de los cuales est\u00e1n detenidos) y tambi\u00e9n los delitos precedentes, es decir, de qu\u00e9 manera se hicieron con el dinero que luego blanquearon.<\/div>\n
Entre los motivos del rechazo, Sandoval se\u00f1al\u00f3 que la jueza Niremperger y el fiscal Sabadini evidenciaron \u00abun apartamiento de la ley fundamental de la coherencia por falta de concordancia en el tratamiento de la cuesti\u00f3n, asumi\u00e9ndose posturas contrastantes y contradictorias al mismo tiempo\u00bb.<\/div>\n
\u00a0En ese sentido, el juez de Garant\u00edas 2 record\u00f3 que la investigaci\u00f3n en el fuero provincial comenz\u00f3 a partir de una presentaci\u00f3n formal efectuada por el fiscal federal, ante el Procurador General de la provincia, Jorge Canteros, el 13 de marzo \u00abpor la que comunic\u00f3 la posible existencia de delitos de competencia provincial en el marco de la investigaci\u00f3n por lavado de activos iniciadas en el fuero federal\u00bb.<\/div>\n
Posteriormente, \u00abraz\u00f3n por la que nos encontramos hoy ante esta situaci\u00f3n, reclama nuevamente la competencia del fuero federal por esos mismos hechos que declin\u00f3 al fuero provincial, sin motivos suficientes que expliquen ese dr\u00e1stico cambio de postura\u00bb.<\/div>\n
\u00a0El magistrado de garant\u00edas resalt\u00f3 que en un primer momento hubo un \u00abreconocimiento expreso\u00bb de la competencia provincial exclusiva para los delitos precedentes al de lavado de activos que se comenz\u00f3 a investigar en el fuero federal. A lo que se sum\u00f3 \u00abla declaraci\u00f3n expresa de incompetencia del fuero federal para entender en esos delitos al solicitarle al fuero provincial que los investigue\u00bb.<\/div>\n
\u00abLa competencia federal es ante todo de ra\u00edz constitucional; pero adem\u00e1s que es excepcional, expresa y de interpretaci\u00f3n restrictiva\u00bb, sostuvo Sandoval, quien record\u00f3 lo dicho por la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n en cuanto a que \u00abnada obsta a que los jueces provinciales se expidan si la materia es de naturaleza federal (o no), ya que todos los jueces, de cualquier jerarqu\u00eda y fuero, pueden y deben, por expreso mandato de la Constituci\u00f3n Nacional, interpretar la Constituci\u00f3n y las leyes de la Naci\u00f3n en las causas cuyo conocimiento les corresponda\u00bb.<\/div>\n
Por \u00faltimo, Sandoval remarc\u00f3 que est\u00e1 en juego la garant\u00eda fundamental y supranacional del \u00abjuez natural\u00bb, reconocida en el art\u00edculo 18 de la Constituci\u00f3n Nacional.<\/div>\n
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Fuente: Diario La Voz del Chaco.<\/div>\n
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