La legislatura sancionó por unanimidad la iniciativa de la diputada Celeste Segovia acompañada por su par Rubén Guillón, por la que se regula dentro del territorio de la Provincia del Chaco la protección y el bienestar de los animales domésticos sean productivos o de compañía, así como los animales para experimentación y otros fines científicos.
Segovia manifestó “pudimos aprobar una ley con el fin de garantizar el bienestar de los animales, es mucho más que el simple no maltratar a un animal o evitar un acto de crueldad contra alguno de ellos; hoy la provincia del Chaco se ha convertido en una provincia precursora en lo que es el bienestar animal y la protección integral de los mismos porque no existe una legislación de este tipo a nivel nacional o en otras provincias”.
“Entre los 49 artículos, esta ley tiene como objetivo alcanzar un nivel de bienestar de los animales adecuado a su condición de seres vivos, compatibilizar el adecuado trato de los animales con el disfrute por el ser humano de los mismos, fomentar el conocimiento del mundo animal, generar en la población una conciencia creciente de respeto a los animales en tanto seres sintientes capaces de padecer, sensibilizar y formar al ser humano sobre los valores y conductas que esta ley recoge”, fundamentó la legisladora peronista.
“Con la ley se busca proteger la integridad física, y al desarrollo natural de los animales, además velar por las condiciones básicas en cuanto a su hábitat, trato, cuidado, nutrición, prevención de enfermedades, manejo responsable”, agregó.
“Debemos considerar que el abandono no sólo es el problema de maltrato animal de mayor extensión y frecuencia en el país sino que su gravedad estriba en el sufrimiento que provoca en los animales ya que se los expone injusta e innecesariamente a padecer una privación total de las necesidades más elementales para vivir, se los condena a una anorexia forzada, sed crónica, accidentes, enfermedades asociadas al abandono y en muchos casos una muerte en aberrantes condiciones” dijo la diputada Segovia.